Daño emergente futuro. Corte Suprema, sentencia de fecha 14 de septiembre 2017, Rol N°400-2017
##plugins.themes.bootstrap3.article.main##
Resumo
El presente comentario analiza la sentencia dictada por la Corte Suprema el 14 de septiembre de 2017, en donde la Corte, conociendo de un recurso de casación en el fondo se refirió sobre la posibilidad de indemnizar daño emergente por un daño que se producirá en el futuro. Esta sentencia resulta peculiar, en tanto que tendemos a pensar el daño emergente como aquella indemnización que deriva de un perjuicio pecuniario ya consumado o efectivo, sin embargo, en este caso la Corte Suprema estima que el daño emergente que se producirá en el futuro, en tanto exista certeza de su ocurrencia futura, puede ser indemnizado.
Referências
Abeliuk Manasevich, René (2014): Las obligaciones (Santiago, X).
Barros Bourie, Enrique (2006): Tratado de responsabilidad extracontractual (Santiago, X).
Corral Talciani, Hernán (2011): Lecciones de responsabilidad civil extracontractual (Santiago, X).
Rodríguez Grez, Pablo (2012): Responsabilidad contractual (Santiago, X)